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lunes, 18 de junio de 2007

LAS CORRUPCIONES DE LOS HIJOS DEL PROzac

Por Jesús González Schmal*
lunes, 18 de junio de 2007


Confundir con la justicia


Manuel, Jorge y Alberto Bribiesca fueron invitados, reiteradamente, a la Cámara de Diputados cuando ésta cumplía el cometido de investigar a la empresa Construcciones Prácticas, S.A. de C.V., por presuntos fraudes relacionados con el IPAB y muchas otras entidades del sector público. Desde entonces, rehusaron aportar su versión respecto a las operaciones en las que participaron con dicha empresa y las adjudicaciones con las que resultaba favorecida. Probablemente, por consejo de la señora Marta Sahagún y de sus abogados, prefirieron optar por interponer una demanda de amparo contra la Comisión investigadora de la Cámara de Diputados.

La primera demanda se presentó ante un Juez de Distrito que les concedió la suspensión provisional que después les fue revocada. En el fondo perdieron el amparo porque el juez consideró que las funciones de la Comisión investigadora se apegaban a la letra y sentido del artículo 93 de la Constitución de la República. Ante tal resultado, los Bribiesca recurrieron a la revisión de la sentencia ante un Tribunal Colegiado. Tres magistrados coincidieron con la resolución del Juez de Distrito y confirmaron la sentencia en cuanto a que la Cámara estaba cumpliendo una tarea que le es obligatoria en términos constitucionales. La sentencia causó estado, porque se agotaron todas las instancias y el principio de seguridad jurídica impone un término último.

Apenas concluyó su período Vicente Fox, los Bribiesca interpusieron un recurso de queja solicitando al plenario de la Corte que atrajera dicha reclamación. Tocó "en turno" al Ministro Salvador Aguirre Anguiano conocer de este escrito, quien optó por trasladarlo a un tribunal colegiado en materia administrativa. Los Bribiesca no podían tener más suerte porque resulta que ningún otro mortal tendría derecho a que un "caso juzgado" como el propio ministro Aguirre lo estimó al no haber encontrado violaciones constitucionales que ameritaran ser valoradas por la propia Corte y mediante un malabarismo jurídico que enreda la suplencia de la queja, con la usurpación legislativa, creó una nueva instancia "especial" para un quejoso "recomendado", al que, al fin de cuentas al parecer, le conceden un nuevo amparo.

A reserva de conocer los términos de tal innovación judicial de un poder que se dice custodio de la legalidad y de la constitucionalidad, no se puede sino concluir que estamos ante lo insólito, ante lo inusitado cuando creíamos que ya no había poderes ni intereses sobre el derecho, porque ya estábamos en otra época política.

Lo cierto es que esta resolución es una victoria "pírrica" de los Bribiesca porque, ni detiene el curso de la nueva Comisión de la LX Legislatura que está trabajando en las mismas investigaciones para el combate a la corrupción; ni interrumpe las anteriores en curso que tienen, por vía de denuncia hecha al Ministerio Público Federal llegar a una conclusión final que puede ser el ejercicio de la acción penal, después de haber integrado las averiguaciones previas, desahogando las diligencias necesarias para su valoración. No obstante ello, si se produce confusión y frustración en la opinión pública que está esperando, con confianza y esperanza, que la Cámara de Diputados como está ocurriendo en otros países, asuma responsabilidades para acabar con el influyentismo y el enriquecimiento inexplicable, que no se ha podido detener en México con las contralorías, secretarías de la función pública, ni las procuradurías de justicia por sí solas, cuando se afectan intereses y relaciones familiares del propio titular del Poder Ejecutivo.

El efecto mediático que seguramente quisieron conseguir los Bribiesca es pasajero, cuando hay un pueblo exigente que no permitiría una burla más a su demanda de justicia. El Instituto de Protección al Ahorro Bancario, PEMEX, Asociación Hipotecaria Federal y otras instituciones públicas que cuestan a la nación inimaginables recursos económicos, han sido los medios utilizados para generar fabulosos negocios, la mayoría de ellos transexenales.

Ahora resulta que hay una primera sentencia de amparo, ejecutoriada y firme, que negó a los Bribiesca la protección de la justicia federal. Cuando de pronto, por obra y gracia de una decisión del ministro Aguirre Anguiano, aparecerá otra que, aunque inicua e inocua, no revela sino que la impartición de justicia en la misión de salvaguardar el patrimonio público y erradicar la impunidad, no se encuentra en su mejor momento.

Los nuevos elementos probatorios que ya analiza y con los que dará curso la nueva Comisión de esta legislatura, no se detendrán por más recursos y subterfugios que inicien quienes seguramente temen las consecuencias.

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*Profesor Facultad de Derecho UNAM