INDICE POLITICO
FRANCISCO RODRÍGUEZ
DIFAMACIÓN: NADA QUÉ AGRADECER
La difamación consiste: en comunicar dolosamente a una o más personas, la imputación que se hace a otra persona física, o persona moral en los casos previstos por la ley, de un hecho cierto o falso, determinado, o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien.
Código Penal Federal
¿CONOCE ALGUIEN EL caso de algún periodista que en México haya ido a la cárcel acusado de difamación? No, ¿verdad? Por lo pronto, yo no recuerdo ni uno solo. Se, eso sí, de varios –demasiados, la verdad--, informadores que hemos sido demandados civilmente por divulgar hechos que, aún siendo ciertos, el acusador arguye que le causan mala fama.
Durante siete años, por ejemplo, este escribidor lidió con una demanda que en mi contra interpuso el llamado "Niño Verde", por escribir lo que más tarde la realidad le ha comprobado: frivolidad, corrupción, y el largo etcétera de excentricidades que todos conocemos y despreciamos ahora. Me demandó civilmente. También en lo penal, pero el MP desestimó sus alegatos.
Y me condenaron, no a cárcel, sino a pagarle una indemnización que la última instancia judicial tasó en cero pesos, cero centavos. Tal, lo que a juicio de la justicia mexicana, valen la honra y el crédito del personaje.
En este largo proceso conté con la ayuda profesional de un gran abogado, Jorge Nader Kuri, doctor en derecho y ya desde entonces director de la Facultad de esta disciplina en la Universidad LaSalle.
Recurrí a él, quien se ha convertido en un especialista en los llamados "delitos de prensa", para preguntarle sobre las reformas legislativas que despenalizan a la difamación. Su respuesta es clara. "Nada qué agradecer". Por el contrario.
Y lo argumenta:
"En la legislación penal federal, los delitos de difamación y de calumnia estaban sancionados con pena alternativa, es decir, prisión o multa.
"De conformidad con la misma legislación, tratándose de penas alternativas, el juez sólo puede imponer la de prisión cuando el caso sea particularmente grave y la justificación haga imprescindible dicha pena.
"En consecuencia, no se iniciaban procesos penales contra periodistas. No se sabe de ningún solo caso en el que se haya sancionado con prisión o incluso multa a algún periodista.
"Conforme a las reformas publicadas el 13 de abril de 2007, es cierto que se derogan del Código Penal los delitos de difamación y de calumnias, lo cual, por las razones antes dichas, resulta poco o nada importante.
"En cambio, en el mismo decreto se reforma el Código Civil Federal para agregar causales de daño moral y, por tanto, de indemnización pecuniaria a quienes pudieren incurrir en difamación o calumnias. Es decir, no desaparecen dichas figuras sino que se pasan del Código Penal al Código Civil.
"Lo anterior sí que tiene trascendencia toda vez que ahora será muy fácil demandar periodistas por la vía civil y obtener cuantiosas indemnizaciones, lo cual antes no ocurría.
"Por ello es que, en mi opinión, la verdad es que los periodistas nada ganaron con el decreto en cuestión y sí, en cambio, tanto ellos como los medios que den a conocer la información, corren graves riesgos de ser sancionados civilmente mediante el pago de indemnizaciones."
Nada qué agradecer. Por el contrario…
La difamación consiste: en comunicar dolosamente a una o más personas, la imputación que se hace a otra persona física, o persona moral en los casos previstos por la ley, de un hecho cierto o falso, determinado, o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien.
Código Penal Federal
¿CONOCE ALGUIEN EL caso de algún periodista que en México haya ido a la cárcel acusado de difamación? No, ¿verdad? Por lo pronto, yo no recuerdo ni uno solo. Se, eso sí, de varios –demasiados, la verdad--, informadores que hemos sido demandados civilmente por divulgar hechos que, aún siendo ciertos, el acusador arguye que le causan mala fama.
Durante siete años, por ejemplo, este escribidor lidió con una demanda que en mi contra interpuso el llamado "Niño Verde", por escribir lo que más tarde la realidad le ha comprobado: frivolidad, corrupción, y el largo etcétera de excentricidades que todos conocemos y despreciamos ahora. Me demandó civilmente. También en lo penal, pero el MP desestimó sus alegatos.
Y me condenaron, no a cárcel, sino a pagarle una indemnización que la última instancia judicial tasó en cero pesos, cero centavos. Tal, lo que a juicio de la justicia mexicana, valen la honra y el crédito del personaje.
En este largo proceso conté con la ayuda profesional de un gran abogado, Jorge Nader Kuri, doctor en derecho y ya desde entonces director de la Facultad de esta disciplina en la Universidad LaSalle.
Recurrí a él, quien se ha convertido en un especialista en los llamados "delitos de prensa", para preguntarle sobre las reformas legislativas que despenalizan a la difamación. Su respuesta es clara. "Nada qué agradecer". Por el contrario.
Y lo argumenta:
"En la legislación penal federal, los delitos de difamación y de calumnia estaban sancionados con pena alternativa, es decir, prisión o multa.
"De conformidad con la misma legislación, tratándose de penas alternativas, el juez sólo puede imponer la de prisión cuando el caso sea particularmente grave y la justificación haga imprescindible dicha pena.
"En consecuencia, no se iniciaban procesos penales contra periodistas. No se sabe de ningún solo caso en el que se haya sancionado con prisión o incluso multa a algún periodista.
"Conforme a las reformas publicadas el 13 de abril de 2007, es cierto que se derogan del Código Penal los delitos de difamación y de calumnias, lo cual, por las razones antes dichas, resulta poco o nada importante.
"En cambio, en el mismo decreto se reforma el Código Civil Federal para agregar causales de daño moral y, por tanto, de indemnización pecuniaria a quienes pudieren incurrir en difamación o calumnias. Es decir, no desaparecen dichas figuras sino que se pasan del Código Penal al Código Civil.
"Lo anterior sí que tiene trascendencia toda vez que ahora será muy fácil demandar periodistas por la vía civil y obtener cuantiosas indemnizaciones, lo cual antes no ocurría.
"Por ello es que, en mi opinión, la verdad es que los periodistas nada ganaron con el decreto en cuestión y sí, en cambio, tanto ellos como los medios que den a conocer la información, corren graves riesgos de ser sancionados civilmente mediante el pago de indemnizaciones."
Nada qué agradecer. Por el contrario…