INCOSTITUCIONALIDAD EN EL REFRENDO AUTOMATICO DE LAS CONCESIONES
jorge carrasco araizaga
México, D.F., 31 de mayo (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el mecanismo de refrendo automático de las concesiones de radio y televisión, por lo que los actuales concesionarios deberán someterse a concurso cuando finalicen sus actuales títulos de concesión.
El consenso en el pleno de ministros, sin embargo, no fue suficiente para declarar la invalidez de todo el artículo 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión referente a las condiciones y términos para el refrendo de una concesión.
En la cuarta sesión sobre la acción de inconstitucionalidad contra las reformas de esa ley y la de Telecomunicaciones –conocidas como Ley Televisa– los ministros acordaron, además, que para resolver pronto el juicio sesionarán todos los días de la próxima semana y con un horario ampliado, de 10 de la mañana a tres de la tarde, en lugar del habitual de 11:00 a 15:00 horas.
La decisión de la Corte sobre el refrendo fue una de las más importantes de la impugnación, aunque aún está pendiente de resolver si es válido que las concesiones se otorguen por 20 años, como lo establecen las reformas impugnadas.
Seis de los nueve ministros del pleno votaron por la inconstitucionalidad de la reforma a ese artículo de la Ley Federal de Radio y Televisión en el que se establece el refrendo automático de las concesiones, dándole al concesionario preferencia sobre terceros y sin someterse a un proceso de licitación.
La votación no fue suficiente para declarar la invalidez de lo establecido en la llamada Ley Televisa, puesto que dos ministros –el presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, y Margarita Luna Ramos– dijeron que la inconstitucionalidad sólo tiene que ver con la segunda parte del artículo, relativa a la falta de contraprestación al Estado por ese refrendo.
El único ministro que votó por la constitucionalidad del precepto fue el ponente de resolución del juicio de inconstitucionalidad, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, quien desechó todas las críticas que le hicieron en el pleno a su propuesta.
Los ocho votos en contra de la inconstitucionalidad se fragmentaron cuando Ortiz Mayagoitia orientó la votación hacia la primera y segunda parte del artículo impugnado.
“El refrendo no es pernicioso por sí mismo. Se trata de fuentes de trabajo estables… que mantienen a un número importante de trabajadores que con el cambio de mando de la concesión quedan en una situación inestable. A través de esta figura se garantiza la estabilidad de los empleos. El refrendo por sí mismo no es inconstitucional”, señaló Ortiz Mayagoitia en lo que fue la definición de la votación.
En contra de todo el artículo votaron los ministros Genaro Góngora, Mariano Azuela, Sergio Valls, Olga Sánchez Cordero y Juan Silva Meza, quienes coincidieron en que el refrendo en automático a los actuales concesionarios excluye a terceros, lo que constituye una discriminación y una violación a la igualdad establecida en el artículo uno de la Constitución.
Góngora y Sánchez Cordero hicieron ver que a los actuales concesionarios se les otorgó ese beneficio de forma discresional. El ministro Góngora observó también que de darse el refrendo automático por 20 años, las concesiones de Televisa y Tv Azteca se vencerían dentro de 36 y 37 años, tomando en cuenta que sus actuales títulos aún tienen 16 y 17 años de vigencia.
Los ministros que votaron en contra de todo el artículo dijeron, además, que viola el artículo 28 de la Constitución sobre la libre competencia y la prohibición de los monopolios, así como el 134 respecto a las contraprestaciones que debe recibir el Estado al otorgar una concesión.
Además de que se deben evitar fenómenos de concentración --dijo el ministro Juan Silva Meza--: si no se permite al Estado valorar al término de una concesión, se le priva de la facultad de valorar si el medio de comunicación atendió su función social, así como de su atribución de disponer nuevamente del bien.
Al final de la sesión, los exsenadores Javier Corral y Manuel Bartlett, promotores de la acción de inconstitucionalidad, celebraron la decisión del pleno y negaron que se trate de un triunfo parcial de los opositores a la Ley Televisa.
“Es un logro importante. No se puede hacer una expresión de victoria, ni mucho menos señalar que con esto está cumplido todo… Aquí hay un avance hacia la desarticulación de los propósitos iniciales que la Ley Televisa se propuso, que fue el de asegurarse un largo dominio sobre el espacio radio eléctrico a través del refrendo automático a perpetuidad”, dijo Corral.
La exsendora Dulce María Sauri, también promotora de la acción de inconstitucionalidad y presente en la sesión, fue más clara: “Lo más importante que escuchamos hoy es que sí va a haber licitación, que los concesionarios cuando concluya el plazo de concesión van a entrar a una licitación con otras personas que quieran participar en igualdad de circunstancias. Eso es lo fundamental de la decisión que tomaron los ministros.”