DE PARTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Revista Siempre
Félix Fuentes
Debieron saberlo hasta los neófitos de la política: no cualquier hijo de vecino puede interponer controversias ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (la Corte), como lo hizo el Instituto Federal Electoral al plantear que se proceda contra la Cámara de Diputados por el recorte de 720 millones de pesos, hecho a su gasto operativo del año actual.
La Corte, muy aplaudida por declarar inconstitucionales diversos artículos de la llamada ley Televisa, advirtió que el IFE es un organismo autónomo y como tal está impedido por la Carta Magna para interponer recursos como el pretendido contra legisladores de San Lázaro.
O sea, los demás “órganos constitucionales autónomos” tampoco pueden formular controversias y esto involucra al Banco de México, a la Auditoría Superior de la Federación, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a universidades autónomas.
Por tanto, el presidente de la CNDH, José Luis Soberanes, no debió solicitar a la Corte el rechazo a la despenalización del aborto, aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Así se explica por qué Soberanes es señalado de pertenecer y estar al servicio de la ultraderecha, sin respetar la imparcialidad en la aplicación de los derechos humanos.
Si el ministro Mariano Azuela fuera aún presidente de la Corte, sin duda habría dado la razón al IFE. Durante su mandato, recibía instrucciones directas de Vicente Fox o del secretario de la Presidencia, el hoy senador Ramón Muñoz, habiendo cometido todo género de barbaridades, importándole un bledo la Constitución de la República.
Azuela intentó sustentar la admisión de la queja del IFE, pero los ministros Genaro Góngora y José Ramón Cossío le dieron un severo repaso, demostrando que era improcedente por carecer ese instituto de facultad constitucional para promover demandas en la Corte.
El IFE se resignó a acatar el fallo de la Corte, pero el presidente de ese organismo, Luis Carlos Ugalde, lamentó que la decisión de los ministros no aclare si la Cámara puede “restringir al Instituto para determinar las prerrogativas de los partidos”. ¿Y por qué habría de hacerlo?
En exceso se sabe que el gobierno federal envía por conducto de la Secretaría de Hacienda el presupuesto federal para ser examinado, discutido y aprobado por la Cámara de Diputados, como lo señala el artículo 74 de la Constitución.
Es claro. Los legisladores de San Lázaro pueden hacer cuantos ajustes consideren pertinentes al presupuesto de la federación y en esto no hay distingos, menos tratándose del IFE, cuyos gastos cuantiosos y bajo sospecha han sido motivo de constantes escándalos.
Además, ¿por qué no se ha de restringir a los partidos políticos los onerosos gastos con cargo al pueblo? Estos órganos políticos gastan a manos llenas y tienen de cabeza a la nación. Se la pasan en la palabrería y son incapaces de establecer una real democracia en México.